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La Cámara Argentina de Productores de Pecán

Acabamos de alcanzar un hito histórico para el sector del Pecán: fue publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina la Resolución Conjunta 16/2025, que incorpora al Código Alimentario Argentino (CAA) definiciones oficiales para el Pecán y sus derivados — nuez, pasta, harina y aceite — adaptadas a la realidad productiva actual.

¿Qué cambia?
El Artículo 901 del CAA admite oficialmente las denominaciones “Pecán”, “nuez Pecán”, “nuez Pacanay variantes similares para el fruto de Carya illinoinensis. Se permite además consignar el año de cosecha en el envase.
Se incorporan nuevas categorías:
Pasta de nuez Pecán (mínimo 70% de nuez, con parámetros de humedad y aditivos permitidos).
Harina de nuez Pecán, con especificaciones de composición, humedad, proteínas, lípidos, etc.
Aceite de nuez Pecán, extraído solo por prensado en frío o métodos mecánicos, con parámetros de calidad definidos (acidez, pureza, perfil de ácidos grasos, etc.).

🤝 CAPPECÁN fue quien lo solicitó

La inclusión de estos productos en la normativa nacional fue promovida por CAPPECÁN, con el objetivo de acompañar el crecimiento de la producción y exportación del Pecán argentino, fomentar el agregado de valor dentro del país y asegurar estándares claros de calidad.

📈 Qué implica para productores, industriales y exportadores
Reconocimiento legal de productos derivados del Pecán, facilitando su comercialización.
Posibilidad de elaborar y vender nuevos productos: pasta, harina, aceite.
Mejores condiciones para exportar, con normas claras y homologadas.
Una base normativa sólida que promueve la diversificación y el agregado de valor en origen.

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